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Actualización a suscripción anual

Es imprescindible que actualices tu programa a la última versión para garantizar el cumplimiento del nuevo marco legal (Ley 11/2021)

La Ley 11/2021 de Medidas y prevención contra el fraude fiscal, entre otras disposiciones, modifica la Ley General Tributaria, que en el artículo 29, apartado 2 la letra J, que indica: «La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos».

Además, el régimen sancionador impone multas de 50.000€ por ejercicio a los usuarios que no cumplan con estas nuevas normas.

A partir de la entrada en vigor de las nuevas medidas (11 de octubre de 2021), hay dos nuevas obligaciones muy importantes que se deben cumplir:

1ª) Los programas informáticos deben guardar un registro sistematizado de los cambios que se produzcan en los datos, es decir: Si por ejemplo modificamos un albarán, debe quedar anotado en el programa como estaba el registro antes, cuándo se modificó, por quién y qué cambios se hicieron. Esto no quiere decir que no podamos modificar o eliminar datos, sino que si lo hacemos tiene que quedar un registro informático de lo que hayamos hecho.

Esto es lo que se denomina ‘trazabilidad’ de los datos y que en AIG hemos solucionado implementando un sistema de registro de transacciones, que además otorga al programa más ventajas.

2ª) Los usuarios deben garantizar además la conservación de los datos.

Para ayudar al cumplimiento de esta nuevas normas, ponemos a disposición de todos nuestros usuarios un servicio de copias automáticas; naturalmente el usuario puede utilizar nuestro servicio u otro a su elección, pero debe utilizar alguno.

¿Por qué hay que actualizar el programa?

Ni versiones anteriores de ClassicConta o ClassicGes (2.1, 3.1 4.0 o 5.0) ni las versiones actuales (ClassicConta 6 o ClassicGes 6) previas a la última actualización cuentan con la tecnología de registro de transacciones, y por tanto no cuentan con la trazabilidad de los datos, POR ELLO ES IMPRESCINDIBLE ACTUALIZAR EL PROGRAMA PARA PODER SEGUIR USANDOLO a partir de la entrada en vigor de las nuevas normas (11 de octubre 2021).

La licencia de uso de cualquier versión de ClassicConta o ClassicGes previa a la última actualización ha decaído, ya que su uso no es conforme a la ley y naturalmente la licencia de uso está supeditada al cumplimiento a la misma.

Además, la ley ahora establece un vínculo entre los usuarios y los fabricantes y también los distribuidores de los programas informáticos, para estos últimos –fabricantes y distribuidores- también existe un régimen sancionador.

De esta forma, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los fabricantes de los programas de gestión y contabilidad tenemos responsabilidades derivadas del uso de nuestros productos por parte de los usuarios.

Nosotros somos AIG, somos los de siempre, y por ello hemos decidido tratar de dar lo máximo que podamos, y ayudar al cumplimiento de las nuevas normas con el menor coste posible.

Si dispones de una versión antigua de uno de nuestros programas, AIG te suministrará la versión actual sin coste adicional, hasta el 31/12/2021.

Si tienes una versión actual, pero sin actualizar, debes actualizarla a la última.

Tanto en un caso como en otro, y teniendo en cuenta el vínculo que la nueva legislación establece entre usuarios y fabricantes, lo que sí es necesario a partir de ahora es el Contrato de Servicio Global.

  • Nueva Licencia anual de uso de programa
  • Soporte técnico completo
  • Copias de seguridad

El nuevo Servicio Global sustituye al anterior Contrato de Mantenimiento e incluye la licencia anual de uso, Soporte técnico completo y Copias de seguridad.

Si has comprado una licencia de ClassicGes 6 o ClassicConta 6 antes de un año, AIG te otorgará un período de un año sin pago del nuevo Servicio Global.

¿Qué debe hacer como usuario de una versión anterior o sin actualizar de ClassicGes o ClassicConta?

Si tienes una versión anterior, simplemente descarga la nueva y acepta la nueva licencia de uso, indicando que eres antiguo usuario, se te pedirá la licencia antigua, para que se le aplique el precio del Servicio Global reducido.

Si tienes un ClassicConta 6 o u ClassicGes 6, debes descargar la actualización, y en el proceso deberás aceptar la nueva licencia de uso.

Recuerda:

1º) El uso de las versiones anteriores o sin actualizar no es legal, ya que los programas anteriores no disponían del sistema de transacciones, y su licencia de uso ha decaído debido a la nueva ley.

2º) A partir de ahora es necesaria la suscripción al Contrato de Servicio Global, a un precio muy reducido para los antiguos usuarios.

3º) AIG suministra sin coste las nuevas versiones a los Usuarios de versiones antiguas hasta el 31/12/2021.

4º) Actualiza ahora:

Preguntas frecuentes

¿Por qué no puedo seguir usando mi programa como hasta ahora?

¿Cómo hago para actualizar y cumplir con las nuevas normas?

¿Qué pasa si no actualizo mi programa?

¿Qué pasa si tengo varias instalaciones de un mismo programa?

¿Qué pasa si mi programa es una versión anterior a la 6?

¿Cómo averiguo la licencia de mi programa?

¿Qué sucede si no activo las Copias de Seguridad o no hago uso de algunos de los servicios incluidos en el contrato de Servicio Global?

¿Qué pasa si mi equipo no tiene conexión a Internet y no puedo hacer las copias de seguridad?

Tengo un contrato de mantenimiento en vigor. ¿Se me aplicará una subida de precio?